Términos importantes
Proceso de evaluación psicopedagógica y escolarización de Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE).
Los EOEP realizan la evaluación psicopedagógica y como resultado de ella, elaboran un informe de evaluación. Cuando en este proceso se detecta la existencia de necesidades educativas especiales, elaboran el Dictamen de Escolarización.
Este documento incluye datos relevantes de la historia del niño, de su estado actual y de las necesidades que presentan, concretando la discapacidad a la que se asocian, los apoyos educativos que requiere y la propuesta de escolarización. Para su elaboración, además del procedimiento de estudio directo con el niño -observación, pruebas, etc.- consideran la información aportada por la familia tanto en entrevista como a través de los informes de servicios sociales y muy especialmente sanitarios, en ocasiones indispensables. Son también de gran importancia los datos aportados por los profesores.
La evaluación psicopedagógica se realiza a los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos cuando:
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Un alumno presenta dificultades que podrían indicar necesidades educativas especiales y el tutor lo solicita. En ocasiones es la familia la que le pide al tutor que se inicie el procedimiento.
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Cuando un alumno con necesidades educativas especiales cambia de etapa o cuando a lo largo del proceso educativo se observan cambios relevantes, que indican la posible necesidad de elaborar un nuevo dictamen.
También se realiza en todos los casos que una familia demanda escolarización en centros públicos y conoce o sospecha que existen necesidades educativas especiales, poniéndose directamente en contacto con el equipo de su sector.
Los colegios privados pueden solicitar realización de evaluación psicopedagógica cuando se sospecha la existencia de superdotación en un alumno.
Para la realización de la evaluación psicopedagógica en la que se determinan las necesidades de un alumno, es necesaria la autorización de la familia y su colaboración. La familia debe recibir el informe del resultado y en el caso de que se emita dictamen, expresar su conformidad o desacuerdo con la propuesta que hace el equipo, en el documento que se le aporta a tal fin y que se envía al Servicio de Inspección. La inspección educativa garantiza que el procedimiento se realiza conforme a la norma establecida y respetando los derechos de las familias. Cualquier desacuerdo o reclamación que las familias consideren debe presentarse por escrito al Servicio de Inspección Educativa.
Índice
- » Alumnado con Necesidades Educativas Especiales
- » Equipos de Atención Temprana (EAT)
- » Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica Generales
- » Proceso de evaluación psicopedagógica y escolarización de Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE)
- » Selectividad (PAU)
- » Legislación